jueves, 21 de agosto de 2014

Cómo formalizar mi emprendimiento en Chile

¿Cuáles son las alternativas para  formar una empresa?

Una vez que tiene claro el negocio que desea ejercer, toca pensar en cuál será el tipo de constitución legal que elegirá para su empresa, es decir bajo qué parámetros legales funcionará, cuál será su forma de administración y la manera en que tributará, entre otros.
Para definir la constitución legal de su empresa tiene 2 modalidades:

● Como Persona Natural
● Como Persona Jurídica

 ¿Cuál es la diferencia entre Persona Natural o Jurídica?

Existen varias diferencias. En el siguiente cuadro detallamos algunas de las principales:
PERSONA NATURAL
PERSONA JURÍDICA
En este caso la persona ejerce todos los derechos y obligaciones de la empresa a su nombre.
La empresa asume todos los derechos y obligaciones de la misma.
Es responsable personalmente de las deudas y obligaciones de la empresa.
Las deudas u obligaciones se limitan a los bienes de la empresa.
Funciona con el mismo RUT de la persona natural.
La empresa tiene su propio RUT.
Formada por una persona
Puede ser formada por una o más personas, tanto naturales como jurídicas.
No requieren demostrar un capital para emprender su actividad.
Requieren de un capital, en dinero o bienes, para su constitución.
Puede funcionar como Empresa Individual o Microempresa Familiar.
Puede funcionar como Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva, Sociedad Comanditaria o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) entre otras.

¿Cuáles son los requisitos para su constitución legal?


      PERSONA NATURAL
PERSONA JURÍDICA
Las empresas de Persona Natural sólo requieren estar en posesión de una Cedula de Identidad.
Este tipo de persona, también se puede constituir bajo la modalidad de Microempresa Familiar, que debe cumplir los siguientes requisitos:
Que la actividad económica que constituye su giro se ejerza en la casa habitación.
Quien desarrolle la actividad sea legítima(o) ocupante de la casa habitación familiar (casa propia, arrendada, cedida).
Que en ella no trabajen más de cinco personas extrañas a la familia.
Que sus activos productivos (capital inicial efectivo) - sin considerar el valor del inmueble en que funciona - no excedan las 1.000 UF.

Las empresas de Personas Jurídicas, como Sociedades Limitadas, Sociedades (EIRL), Sociedades Anónimas, S.A.P.A. y otras, requieren:
  • Una escritura legal de constitución.
  • La escritura debe ser publicada en extracto en el Diario Oficial.
  • Debe ser inscrita en el Registro de Comercio.
Lo anterior, para que sean consideradas personas jurídicas de derecho, en caso contrario, si no cumplen alguno de los requisitos señalados, serán consideras sociedades de hecho, no pudiendo actuar bajo una razón social en forma independiente de los socios que la componen y en consecuencia, para los efectos de su tributación, debe tratárseles como si fueran comunidades (Circular N° 143 de 1972).
























¿Qué instituciones u organismos se deben considerar?

Dependerá del tipo de emprendimiento, pero en general, podemos señalar las siguientes:

Servicio de Impuestos Internos
Para efectos de la iniciación de actividades y pago de los impuestos.
Municipalidades
Para los efectos de las patentes comerciales.
Servicio Nacional de Salud
Relacionados con los permisos para la comercialización y manipulación de alimentos entre otras.
Tesorería General de la República
Recaudar los tributos, la cobranza de los Impuestos en mora, el pago de las obligaciones fiscales, entre otras.
Servicio Nacional de Aduanas
Para la regulación de importaciones y exportaciones, entre otros.

¿Cuál es el primer paso para formalizar un emprendimiento?


El primer paso para la formalización de un emprendimiento, es el Aviso de Inscripción en el RUT e Inicio de Actividades, con lo que se da inicio al denominado Ciclo de Vida Tributario, que abarca todas las acciones que va desde el Inicio de Actividades hasta el Término de Giro, es decir, cuando se decide dar término a la actividad.
Cabe recordar que es importante conocer el Código de Actividad Económica, lo que permite agilizar el trámite. 

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